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Polonia
La adopción en Polonia PDF Imprimir E-Mail

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REQUISITOS:

  • Haber obtenido el certificado de idoneidad emitido en base al informe psicosocial elaborado por el organismo competente.
  • En el caso de tramitar la adopción por parte de dos personas, han de ser matrimonio de al menos tres años de antigüedad, aunque en algunos casos las autoridades polacas pueden no tomar en consideración ese requisito.
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  • No se permite adopción de monoparentales masculinos, y las señoras solas, aunque pueden adoptar, no tienen prioridad y además las propuestas serán de niños mayores de cinco años.
  • No tener ninguna discapacidad física o mental que impida llevar una vida absolutamente normal y atender adecuadamente al menor que se pretende adoptar.
  • No padecer enfermedad infectocontagiosa ni ninguna otra, a no ser que esté compensada y no impida llevar una vida normal.
  • No padecer drogadicción o alcoholismo.
  • No tener antecedentes penales.
  • Tener un nivel de ingresos que permita una adecuada atención del menor que se pretende adoptar.
  • Tener domicilio fijo, arrendado o de propiedad.
  • No haber perdido la patria potestad de otro hijo
  • Haber pasado por los grupos de preparación de la ECAI, con el fin de que ésta pueda emitir el correspondiente certificado.
  • Tener más de 25 años de edad y no más de 40 años que el niño cuya adopción se pretende.
  • Los ciudadanos polacos residentes en España no tienen prioridad.  

CARACTERÍSTICAS DEL MENOR ADOPTABLE:

  • Menor abandonado o retirado de la patria potestad de sus padres y que haya permanecido en el banco de datos nacional, hasta un total de seis meses, habiendo sido ofrecido a familias polacas durante ese periodo.
  • Los menores calificados para la adopción internacional son asignados por los tres Centros Nacionales aprobados por el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales de Polonia, como únicas entidades oficiales autorizadas para ofrecer menores a las ECAIs extranjeras: Centro Público -que regenta el banco de datos-, Asociación de Amigos de los Niños (T.P.D.) y Centro Católico, cada uno de los cuales establece criterios propios al valorar a las familias.
  • La edad del niño que se puede adoptar viene predeterminada por el informe psicosocial que da lugar a la idoneidad, siempre que se ajuste a los requerimientos de Polonia. En cualquier caso, el plazo de espera en la adopción de niños de menos de cinco años es más largo que en la de niños con más edad.
  • La posibilidad de adoptar hermanos ha de venir expresamente recogida en el certificado de idoneidad. En Polonia abundan grupos de hermanos de hasta 12 miembros. Se pueden separar los hermanos cuando sean adoptados por familias que no les impidan relacionarse, si los niños lo desean.
  • No se puede excluir a ningún menor por razón de su sexo o etnia, salvo que en el informe psicosocial se determine otra cosa o se permita una preferencia.
  • Se puede solicitar un menor a partir de los 3 años de edad, con un estado de salud recuperable, teniendo derecho a solicitar en Polonia su historia de salud completa, y también se puede pedir un examen médico efectuado por un médico externo, así como pruebas médicas razonables.

DURACIÓN DE LA TRAMITACIÓN:

  • El plazo que pueda dar la ECAI debe tenerse como orientativo  por  estar sujeto a las variaciones que puedan producirse por un cambio de circunstancias.
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CARACTERÍSTICAS DEL TRÁMITE DE ADOPCIÓN EN POLONIA:

  • El organismo polaco competente propone a la ECAI los niños adoptables que han salido del banco de datos y la ECAI hace propuesta de la familia para alguno de esos niños previamente aceptados por la autoridad central competente española, teniendo en cuenta el orden cronológico desde la firma de contrato y el perfil del menor atendido su informe psicosocial y los requerimientos de Polonia sobre la edad de los adoptantes. El organismo polaco debe aceptar a la familia propuesta y señalar la fecha del primer contacto.
  • Se deben realizar dos o tres viajes, el primero es para conocer al menor preasignado y prestar el consentimiento para iniciar su adopción (viaje de 3 a 5 días); el segundo viaje es para el acoplamiento del menor y  celebración del juicio (normalmente 15 días, si bien el juez puede decidir un periodo más largo), el tercer viaje se realiza 21 días más tarde para recoger al menor y regresar con él  a España (viaje de 3-4 días). El primer y segundo viaje puede que coincidan, con lo que serían suficientes dos viajes en total y, en dicho caso, ese segundo viaje sería de un mes y medio de duración.
  • En la actualidad es obligatorio que se tramite la adopción por medio de una ECAI acreditada en Polonia.
  • La adopción es plena, es decir, que el menor pierde el parentesco con su familia biológica y lo adquiere con su familia adoptiva. Por dicha razón, los efectos de la adopción en Polonia son automáticos en España, no requiriéndose más trámite que la inscripción del menor en el Registro Civil del domicilio de los adoptantes.
  • Hasta que se dicta Sentencia de adopción, los ciudadanos polacos tienen prioridad para adoptar a cualquier menor, aunque se haya iniciado ya la adopción del niño por ciudadanos españoles. Esta situación es muy raro que se produzca.
  • Cumplir con la obligación de realizar los seguimientos postadoptivos, en los plazos predeterminados por Polonia, es fundamental para que no se paralice el trabajo de la ECAI y no se perjudique a las otras familias pendientes de adopción.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

  1. Certificado de idoneidad
  2. Informe psicosocial.
  3. Certificado de matrimonio
  4. Certificados de nacimiento
  5. Justificantes del domicilio (certificado del Registro de la Propiedad o contrato de alquiler).
  6. Certificados médicos sobre su salud física y mental, y, en su caso, esterilidad.
  7. Certificados de ingresos anuales.
  8. Certificado bancario de solvencia económica.
  9. Solicitud de adopción  firmada por ambos cónyuges.
  10. Compromiso de seguimiento.
  11. Fotografías de la familia y del interior del inmueble.
  12. Informe de recomendación de un sacerdote o religioso o de la alcaldía, o similar (potestativo).
 

Reloj Internacional

Datos geográficos Polonia

Rzeczpospolita Polska
República de Polonia
Himno nacional: Mazurek Dąbrowskiego
polaco: «La Mazurca de Dabrowski»
 
 
Capital Varsovia
Grand CoA Warsaw.png

52°13' N 21°02' E
Ciudad más poblada Varsovia
Idiomas oficiales Polaco¹
Forma de gobierno República parlamentaria
Presidente
Primer ministro
Bronisław Komorowski
Donald Tusk
Independencia
— como Reino de Polonia
— independencia
— declarada

966 d. C.
1795 de Rusia, Austria-Hungría y Alemania
11 de noviembre de 1918
Superficie
 • Total
 • % agua
Fronteras
Puesto 69º
312.685 km²
2,6 %
2.888 km
Población total
 • Total
 • Densidad
Puesto 34º
38.167.000
124 hab/km²
PIB (nominal)
 • Total (2008)
 • PIB per cápita
Puesto 22º
US$ 567,400 millones[1]
US$ 14.893 (2008 est.)[1]
PIB (PPA)
 • Total (2008)
 • PIB per cápita
Puesto 21º
US$ 671,927 millones[2]
US$ 17.625[2]
IDH (2007) 0,880 (41º) – Alto
Moneda Złoty (PLN) = 100 groszy
Gentilicio Polaco, polaca
Polonés, polonesa
Huso horario
 • en verano
CET
CEST
Dominio Internet .pl
Prefijo telefónico +48
Prefijo radiofónico 3ZA-3ZZ / HFA-HFZ / SNA-SRZ
Código ISO 616 / POL / PL
Miembro de: Flag of Europe.svg Unión Europea, ONU, OTAN, OCDE, OSCE, GV, COE

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